El Gobierno encabezado por el presidente Luis Abinader dispuso que las contrataciones públicas correspondientes a programas sociales especiales sean dirigidas exclusivamente a micro, pequeñas y medianas empresas industriales de producción nacional, con el objetivo de impulsar la economía y contribuir a la generación de empleos.
La disposición está contenida en el Decreto 672-26 y comprende los procesos de compra relacionados con programas de alivio a la pobreza, alimentación, vestimenta, útiles escolares y protección de sectores vulnerables.
Según establece la normativa, las adquisiciones estarán orientadas a productos agroindustriales y manufactureros de origen nacional, elaborados en territorio dominicano y adquiridos sin intermediarios, salvo aquellos casos en los que el productor autorice previamente y por escrito la intermediación.
La aplicación de este mecanismo estará condicionada a que las empresas puedan satisfacer las cantidades requeridas por las instituciones públicas y cumplir con los estándares de calidad exigidos.
Entre las instituciones alcanzadas por el decreto se encuentran la Dirección de Desarrollo Social Supérate, la Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria (Dasac), el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie), la Policía Nacional, el Servicio Nacional de Salud (SNS) y el Ministerio de Educación.
También figuran el Ministerio de Defensa, el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani), el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (Conape), Promese/CAL y la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, entre otras.
Sin embargo, la disposición precisa que no todas las contrataciones realizadas por estas entidades estarán sujetas al nuevo esquema, sino únicamente aquellas relacionadas con los programas y productos contemplados en el decreto.
Los procesos deberán realizarse mediante procedimientos de selección competitiva y conforme a la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas y su reglamento de aplicación.
Antes de reservar una contratación para mipymes industriales nacionales, las instituciones deberán consultar el Registro de Proveedores del Estado (RPE), a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), para determinar si existen empresas con capacidad para suministrar los bienes o servicios requeridos.
Si no aparecen proveedores con esas características, la institución tendrá que realizar un llamado a manifestación de interés. En caso de que el procedimiento sea declarado desierto en dos ocasiones, la entidad podrá modificar el pliego de condiciones e iniciar un nuevo proceso.
Las mipymes interesadas deberán contar con un registro industrial emitido por Proindustria y con la certificación MIPYMES otorgada por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM). Las empresas encabezadas por mujeres deberán disponer de la certificación MIPYMES Mujer.
Asimismo, el decreto ordena la creación de una Mesa de Articulación Interinstitucional entre el MICM y la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), que tendrá entre sus responsabilidades coordinar la implementación de la medida, dar seguimiento a sus resultados e identificar sectores industriales estratégicos.
La normativa también establece que los productos adquiridos deberán cumplir con los estándares de calidad previstos en las normas y reglamentos técnicos nacionales. Cuando no exista una regulación técnica para determinado producto, el Instituto Dominicano para la Calidad (Indocal) deberá priorizar su elaboración conforme a sus competencias y disponibilidad presupuestaria.




