El Dominicano

Un tribunal autoriza al Gobierno Trump a reanudar las deportaciones aceleradas en todo EE.UU.

Un tribunal autoriza al Gobierno Trump a reanudar las deportaciones aceleradas en todo EE.UU.

Washington.- Un Tribunal de Apelaciones estadounidense autorizó este martes al Gobierno de Donald Trump a reanudar el proceso de deportaciones aceleradas en todo Estados Unidos que, en principio, estaba reservado para las personas detenidas al cruzar las fronteras, expulsadas sin posibilidad de presentar sus casos ante un juez.

En una votación de dos a uno, los tres jueces del Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia resolvieron que no se violaron los derechos de los inmigrantes al extender este proceso al resto del país.

Apenas asumió su segundo mandato, Trump ordenó al Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE) aplicar el procedimiento, conocido como ‘expulsión acelerada’, a todos los extranjeros que no pudieran demostrar que llevan menos de dos años residiendo en el país sin permitirles una audiencia frente a un juez de inmigración.

Las deportaciones aceleradas del Gobierno Trump

La deportación acelerada se aplica generalmente a indocumentados detenidos cerca de la frontera sur, que generalmente son regresados a México en los siguientes días de su detención.

La orden de Trump permite que los agentes de ICE puedan deportar a personas detenidas en zonas alejadas de la frontera.
El juez Justin R. Walker, nombrado por Trump, redactó la opinión mayoritaria, a la que se unió la jueza Neomi Rao, también designada por el mandatario estadounidense.

«La cuestión no es si algunos funcionarios no implementan correctamente una directriz; es si la propia ‘directriz de política escrita’ es ilegal…», escribió Walker en la opinión mayoritaria.

Victoria para la agenda migratoria de la Casa Blanca

El fallo, que supone una victoria para la agenda migratoria de la Casa Blanca, responde a una demanda encabezada por la organización Make the Road New York que argumentó que la orden de Trump era inconstitucional porque violaba los derechos al debido proceso.

En ese sentido, Walker opinó que la directriz del presidente Trump no priva a los extranjeros «de una oportunidad significativa de ser escuchados».

El juez Robert L. Wilkins, nombrado por el expresidente Barack Obama (2009-2017), escribió en su voto disidente que el ICE y el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), no habían refutado que, al aplicar dicha política, había deportado a varias personas que llevaban más de dos años en el país.

Supremo respalda a Trump sobre autoridad para deportar a residentes permanentes

La Corte Suprema respaldó este martes al Gobierno del presidente Donald Trump en un caso relacionado con la autoridad del Ejecutivo para deportar a inmigrantes con residencia permanente.

El fallo de seis votos a favor y tres en contra responde a la demanda presentada por Muk Choi Lau, un ciudadano chino que obtuvo el estatus de residente permanente legal en 2007 y fue puesto en proceso de deportación, tras ser acusado de falsificación de ropa en 2012.

Antes de ser juzgado, Lau salió temporalmente de Estados Unidos, pero tras regresar no fue admitido como residente permanente, sino que se le permitió su ingreso bajo libertad condicional, debido a la acusación en su contra.

El caso

Tras declararse culpable del cargo de falsificación, el Gobierno de EE.UU. inició un procedimiento de expulsión facilitado por estar bajo la libertad condicional.

En su demanda, Lau argumentó que el agente de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) que lo puso bajo esa clasificación excedió su autoridad porque para ese momento solo enfrentaba una acusación y no una condena.

En su dictamen, el juez del Supremo Clarence Thomas escribió que los funcionarios fronterizos no tenían la obligación de demostrar, «con pruebas claras y convincentes», que Lau hubiera cometido un delito, que implicara la pérdida de su residencia.

El fallo resalta que el Gobierno había demostrado, mediante pruebas claras y convincentes, que Lau se encontraba dentro de la excepción aplicable a los residentes permanentes sujetos a expulsión debido a una condena por un delito de depravación moral.

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